CAMPAÑA I.R.P.F. 2013

Bienvenido al apartado ‘Campaña I.R.P.F. 2013’ de nuestra web. En él encontrarás un listado de los principales documentos que se necesitan para confeccionar tu declaración de la renta.

            NOTA IMPORTANTE: El 1 de abril de 2014 (inicio de la campaña renta 2013) aumentaremos la información de este apartado para proporcionarte un mejor servicio de cara a la presentación de tu declaración.

 

DOCUMENTOS NECESARIOS PARA LA CONFECCIÓN DE LA DECLARACIÓN FISCAL.

1. Certificado de retenciones sobre salarios. Lo facilita la empresa. Pueden utilizarse las nóminas en su defecto.

2. Certificado de prestaciones y retenciones (pensiones y desempleo). Lo facilita la entidad gestora de la Seguridad Social o el Servicio Público de Empleo Estatal.

3. Certificado de cuentas bancarias (cuentas corrientes, libretas y depósitos a plazo). Lo envía el banco correspondiente e incluye intereses y retenciones o pagos a cuenta.

4. Recibo del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (casas, locales, garajes…etcétera).

5. Justificantes de compra de vivienda habitual (si el vendedor es un particular, es válido un recibo junto al contrato privado o escritura pública).

6. Certificado de préstamo para vivienda habitual o en alquiler. Conserve el contrato privado sellado por la Oficina Liquidadora autonómica pertinente (si es de un particular) o la escritura pública o póliza del préstamo. Igualmente, guarde los resguardos bancarios de ingreso, pago, devoluciones anuales…etcétera.

7. Recibos de alquileres cobrados y factura de gastos.

8. Certificado de alquileres sobre alquileres de locales comerciales dados en alquiler. Los emite el inquilino empresario o profesional del local correspondiente.

9. Comunicación de arrendatario joven (entre 18 y 30 años de edad), firmado, fechado, con nombre, apellidos, NIF y domicilio fiscal, comunicando al arrendador (Usted) el hecho de haber arrendado la vivienda (incluyendo la dirección) y de haber ganado durante el ejercicio previo más de 7.455,14 euros (IPREM 2013). Atención: si el inquilino cumplió 30 años durante el año, la reducción solo corresponde a los meses en los que aún tenía 29 años de edad.

10. Escritura pública de venta o donación de inmuebles. Nos sirve copia simple o fotocopia y el justificante de gastos soportados (Plusvalía municipal, comisión del agente inmobiliario si es que existe… etcétera).

11. Certificado de valores cotizados (acciones, deuda pública o privada) con resguardos de órdenes de compra y venta de valores.

12. Certificado de valores no cotizados (acciones y participaciones sociales).

13. Certificado o “estado de posición” de fondos de inversión (FIM, FIAMM, SIM, SICAV).

14. Certificado de seguros de vida, jubilación y enfermedad, enviados por la entidad aseguradora. Conserve los contratos de seguro y documentación relativa a las prestaciones cobradas.

15. Certificados de invalidez y de acreditación de la necesidad de obras de adecuación en la vivienda de minusválidos, facilitado por el IMSERSO o el organismo autonómico competente.

16. Certificado del plan de pensiones.

17. Libros contables (empresarios o profesionales). Si está Usted en estimación directa simplificada o desarrolla una actividad no mercantil, los libros contables son el de ventas e ingresos, de compras y gastos y el de bienes de inversión (sin ser necesario diligenciarlos). Si es Usted profesional, no tiene por qué llevar contabilidad ni diligenciar libros contables en el Registro Mercantil competente, siendo sus libros cuatro: el de registro de ingresos, el de gastos, el de bienes de inversión y el de provisiones de fondos y suplidos.

18. Impresos de las declaraciones fiscales obligatorias (empresarios y profesionales). Se trata de los modelos de IVA (300, 310 ó 370, y 390), retenciones a trabajadores y profesionales (110 y 190), declaración anual de operaciones (347), pagos fraccionados (130 y 131) y declaración censal de alta, modificación y baja en el censo de obligados tributarios (036).

19. Certificado de retención a profesionales. Lo emiten los clientes empresarios o profesionales.

20. Recibo de donativos a entidades benéficas que dan derecho a deducción. Lo emiten las respectivas entidades benéficas.


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